Servicios Legales de Derecho Penal en Alicante

Ejercemos la defensa y acusación particular de todos los delitos.

Al ejercer la acusación particular, la víctima o perjudicado se persona a través de su abogado como parte en el proceso, y en el ejercicio de esta acusación, su abogado podrá aportar pruebas, asistir a las declaraciones de testigos e investigado, presentar escrito de acusación y asistir al juicio.

Este es un derecho y una oportunidad que tiene usted como perjudicado, de conocer el procedimiento, participar del mismo y estar seguro de que además de la tarea del Fiscal, su abogado particular perseguirá por todos los medios posibles la defensa de sus intereses, y en consecuencia, una sentencia condenatoria.

Es importante que Usted tenga en cuenta que una sentencia dirigida a condenar a los responsables de un hecho delictivo, no sólo comprende la pena a imponer a los autores del delito sino también la indemnización que le corresponde a la víctima, pues se puede ejercitar la acción civil en la vía penal. Por ello es importante estar asesorado desde el primer momento para no llegar tarde a ejercer la acusación y disponer de recursos y medios para condenar al autor de la comisión del delito tanto penal como civilmente.

Por el contrario, si en el procedimiento penal somos el autor del delito, es imprescindible que su abogado pueda ejercer la mejor defensa y ello implica personarse en el proceso desde la primera actuación, que será la detención o declaración de investigado ante el juez, y poder solicitar durante la instrucción los medios de prueba necesarios para la defensa que más tarde se practicarán en el juicio.

Asistencia y defensa de menores

Los menores que son aquellas personas que no han cumplido aún los 18 años, se someten a una ley distinta de la del Código Penal, y es la Ley Orgánica 5/2000,  de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores. También habrá que tener en cuenta que los procedimientos recaen en Juzgados especializados de menores, que se hallan en la ciudad de Alicante. Eso significa que si un menor es detenido y puesto a disposición de la Fiscalía de Menores, necesariamente habrá de acudir a Alicante y el procedimiento se llevará allí, aunque el menor viva en Elche, Santa Pola, Torrevieja, Novelda, etc. Debemos añadir que estos procedimientos son muy rápidos por lo que la necesidad de buscar un buen abogado es imperiosa desde el momento en que se tiene conocimiento de los hechos.

Asistencia a los detenidos.

En el caso de Usted sea detenido por la Policía Nacional o Guardia Civil, puedo asistirle tanto en Comisaría como en el Juzgado de Guardia, informándole de cuáles son sus derechos como detenido según la Ley de Enjuiciamiento Criminal y recibiendo un asesoramiento legal previo al interrogatorio, tan esencial.

Mi recomendación es no dejar pasar nunca la oportunidad de contar con la mejor asistencia al detenido desde el primer momento en el que usted, un familiar o un allegado sean detenidos, ya que el tiempo y la calidad de las acciones de esos primeros momentos va a ser decisivo y determinante a lo largo del proceso judicial que continuará.  

Preparación de recursos, incluso ante el Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional.

Cuando una persona busca mi asesoramiento jurídico sobre un asunto que ha de resolverse ante los Tribunales, como profesional del Derecho haré uso de todos mis conocimientos y experiencia profesional para ofrecer la mejor solución. Cuando el cliente llega al despacho, puede darse el supuesto de que ya se haya dictado la Sentencia y ésta sea condenatoria, por lo que procederé a hacer un estudio pormenorizado de la causa completa, así como el estudio de la jurisprudencia y la preparación de los recursos que en cada caso quepan. La estimación de los recursos planteados en segunda instancia pueden declarar la nulidad de la sentencia con el dictado de otra más favorable para los intereses de nuestro cliente, o bien una revocación de la sentencia acordándose una reducción de la pena impuesta.

Es muy importante en este momento procesal, valorar la existencia de vulneración de derechos fundamentales o procesales durante el procedimiento o el juicio, lo que nos abrirá las puertas para la interposición de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo o de un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

Asistencia penitenciaria

Cuantas veces nos llaman presos que están en los Centros Penitenciarios cumpliendo la pena impuesta en la Sentencia, para preguntarnos cuando pueden solicitar permisos penitenciarios o cuando pueden acceder al tercer grado. Aun cuando el procedimiento penal haya concluido, el condenado tiene derechos penitenciarios que es importante que los conozca.

 

El asesoramiento tiene que ser global e incluir necesariamente la fase penitenciaria, por lo que esta letrada se trasladará a los Centros Penitenciarios para visitar al cliente que está cumpliendo la pena con el fin de que sea conocedor de sus derechos conforme a la Ley General Penitenciaria. 

 

Para el caso de que alguna petición, formulada por el preso, sea desestimada por la Junta de Tratamiento, deberá buscar a un abogado para la interposición de los recursos ante el Juez de Vigilancia Penitenciaria.

Violencia de Género

Al igual que los Juzgados que investigan y juzgan los casos de violencia de género están especializados en dicha materia, los abogados que ejercen en este ámbito deben serlo.

Hay dos variantes, pues se puede ejercer la defensa del investigado o ejercer la acusación particular y defender los intereses de la víctima, junto con el Fiscal.

Hay casos en los que, tras la denuncia y la declaración de investigado y víctima, el Fiscal no ve indicios de delito e interesa el archivo de la causa y en estos momentos es importante que la víctima esté defendida por su abogado particular y pueda ejercer la acusación así como solicitar las medidas cautelares de protección necesarias (las conocidas como orden de alejamiento y de prohibición de comunicación), ya que de lo contrario, se archivará el procedimiento penal contra el denunciado.